DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
Entre el Juzgado de Garantías N° 3 y el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1, ambos de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, se suscitó la presente contienda negativa de competencia referida a la causa instruida por los delitos de uso de documento público falso, encubrimiento y estafa.
De las constancias agregadas al legajo, surge que a raíz deun procedimiento policial llevado a cabo en la localidad bonaerense de Villa Centenario, el 29 de junio de 2004, se secuestró en poder de Diego Hernán Allo, un vehículo marca "Ford Ka", con dominio colocado DIW261, y que veinte días antes le habría sido sustraído en esta ciudad, a Romina Lorena Yañez (vid. fs. 33).
Surge también del incidente, que a ese automóvil se le habrían cambiado sus chapas patentes originales —CT R-889- y además su documentación resultaría falsa.
Por otra parte, consta que el nombrado Allo lo habría recibido de Juan Carlos Maj —al que entregó otro automóvil como parte de pago y una suma de diner o- quien a su vez, lo habría adquirido a Jorge Raúl Rodríguez Flores (fs. 5 y 10).
El titular del Juzgado de Garantías de Lomas de Zamora, declinó su competencia a favor delajusticia federal, con base en que esefuero debía investigar tanto la falsedad de la documentación del rodado, cuanto los delitos de encubrimiento y estafa que se desprendían del contexto del sumario (ver fs. 71, 77 y 97).
Esta, por su parte —si bien aceptó la competencia con relación ala supuesta falsedad de la documentación del vehículo—rechazótal atribución respecto del presunto encubrimiento —por entender que debía intervenir el juez que investigaba su sustracción— y también en orden alaposible estafa, por considerar que resultaba escindible del uso de los instrumentos públicos apócrifos (fs. 99/100).
Con la insistencia del tribunal de origen, quedó formalmente trabada esta contienda (fs. 113).
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4213
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