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Fallos: 328:3982 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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328 tía o monto de ella (Fallos: 170:12 ; 173:5 ; 310:991 ; 319:3241 , entre muchos otros).

9) Corresponde examinar entonces, si tal como lo entiende la ANSes, la ley 24.463 dejó sin vigencia la pauta de movilidad de la 22.955, mantenida en virtud de la ley 24.019 (artículo 4°, 2da parte) para determinado grupo, aunque con una restricción temporal (70).

La Ley de Sdlidaridad Previsional en ninguno de sus artículos dispuso tal derogación y es forzado suponer que esa fuese la intención del Congreso si nolo decidió así de manera expresa.

El carácter restrictivo de las derogaciones implícitas de normas que establecen reglamentaciones de la movilidad establecida en el artículo 14 bis fue afirmado en la causa S.2758.XXXV111 "Sánchez, María del Carmen c/ ANSes s$/ reajustes varios", sentencias del 17 de mayo y 28 de julio de 2005 —Fallos: 328:1602 , 2833— (voto de los jueces Zaffaroni y Argibay), al evaluarse la vigencia del artículo 53 de la ley 18.037 luego del dictado de la ley de Convertibilidad.

En esa oportunidad, se hizo referencia a que la norma, por ser reglamentaria de la movilidad (garantía consagrada en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional), tenía una relevancia tal que su derogación no podía ser un efectolateral dela ley, sino que debía constituir el objeto principal dela decisión del Congreso.

Que se trataba de una exigencia directamente vinculada con el funcionamiento del sistema democrático la de que el universo de intereses afectados por las leyes fuese el tomado en cuenta en el proceso deliberativo previo y noel que podía resultar de un mecanismo intelectual posterior a cargo de jueces y técnicos.

Se sostuvo quela prudencia interpretativa aludida, respondíaala especialmente requerida por esta Corte cuando se trataba de aplicar leyes previsionales en perjuicio de las personas que ellas buscaban proteger, siempre que tales normas admitieran un criterio amplio de interpretación (doctrina de Fallos: 240:174 ; 273:297 , entreotros).

10) En síntesis, la número 24.463 es una ley general que reformó el sistema establecido por la ley 24.241, que también lo es. En esa medida, alcanza alas personas que trabajan en actividades antes com

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3982 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-3982

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