JORGE MANUEL R. DOMINGUEZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
No se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal, el recurso extraordinario deducido contra el pronunciamiento que rechazó las excepciones de falta de acción y prescripción.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
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Jorge M. R. Domínguez fue procesado por el delito de fraude en perjuiciodela administración pública en concurso ideal con el de abuso de autoridad, cometido en dos oportunidades que concurren realmente entre sí (artículos 54, 55, 173, inciso 7, 174, inciso 5, y 248 del Código Penal). Esta calificación legal fue confirmada por la Sala 1 V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de esta ciudad, y fue también la que propuso la señora Fiscal al requerir la elevación de la causa a juicio.
En la oportunidad prevista por el artículo 349 del Código Procesal Penal, la defensa técnica de Domínguez postuló la inexistencia de delito respecto de los dos hechos calificados como fraude y promovió excepción de falta de acción, por prescripción, respecto del abuso de autoridad subsistente.
La Juezrechazóla excepción (fs. 18/23) y, luego, apelada este deci sión por la parte, la Sala |V de la Cámara de Apelaciones la confirmó fs. 72/73).
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3629
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