COSA JUZGADA.
Corresponde conferir jerarquía constitucional ala cosa juzgada, en razón de que la inalterabilidad de los derechos definitivamente adquiridos por sentencia firme reconoce fundamento en los derechos de propiedad y defensa en juicio y que la estabilidad de las decisiones jurisdiccionales constituye un presupuesto ineludible de la seguridad jurídica.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de agosto de 2005.
Autos y Vistos; Considerando:
1°) Queafs. 79/111 sepresenta César Adrián Magnarelli, por medio de apoderado, e inicia acción de enriquecimiento sin causa y daños y perjuicios contra la Provincia de Misiones (Ministerio de Industria y Economía); Hotelera Misiones Sociedad Anónima Comercial, Industrial, Financiera, Inmobiliaria y Agropecuaria; Los Latinos S.A. y otros —Unión Transitoria de Empresas- e integrantes de ésta última: Alberto Mateos; Víctor Chemes; Ramón Sánchez; Hotelera Misiones S.A.C.I.F.I.A.; Las Orquídeas S.R.L.; Alexander Hotel S.R.L.; Los Latinos S.A.; Hotel El Sol S.R.L.; Instituto de Previsión Social de la Provincia de Misiones y Turismo Operativo Misionero S.A. Señala quesi bien expone los mismos hechos del expediente M.829.XXXII "Magnarelli, César Adrián c/ Misiones, Provincia de y otros s/ cobrode pesos", en el sub litela "causa legítima" es diferente (fs. 80 vta.).
2) Que afs. 131/133, 163/175 y 216/227 comparecen el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Misiones; Turismo Operativo Misionero S.A. y la Provincia de Misiones. Oponen las excepciones de cosa juzgada y de falta de legitimación pasiva. Afirman que el reclamo actual ha sido una cuestión ya debatida y resuelta por este mismo Tribunal en la causa M.829.XXXII, citada precedentemente. En subsidio, contestan la demanda.
3) Que corridos los pertinentes traslados de las excepciones, la actora los contesta a fs. 179/183, 192/201 y 230/238, solicitando su rechazo.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3300
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