Nombre de la actora: Asociación Trabajadores del Estado, representada por el Dr.
Horacio David Meguira, patrocinada por el Dr. Matías Cremonte.
Nombre del demandado: Provincia de Santiago del Estero, representada por el Dr.
Ramiro A. Suaiter.
CESAR ADRIAN MAGNARELLI v. PROVINCIA DE MISIONES y Otros
COSA JUZGADA.
La cosa juzgada busca amparar, más que el texto for mal del fallo, la solución real prevista por el juzgador.
COSA JUZGADA.
Si un derecho ha sido afirmado o negado en un proceso habrá identidad de objeto a los efectos de la cosa juzgada si en un nuevo proceso se pone en cuestión el mismo derecho, aun cuando sea para sacar de él otra consecuencia que no hubiera sido deducida en el proceso originario.
COSA JUZGADA.
La compulsa de los dos procesos indica que existe cosa juzgada si rechazada la demanda por cobro de pesos proveniente del servicio de transporte de pasajeros en un buque, se deduce una nueva acción por el mismo objeto entre las mismas partes, invocando un nuevo argumento cual sería el enriquecimiento sin causa y los daños y perjuicios.
COSA JUZGADA.
El cambio de argumentación jurídica no transforma a la actual pretensión en una diferente, si se sustenta en las mismas circunstancias de hecho y persigue igual finalidad que el juicio anterior.
COSA JUZGADA.
La sentencia recaída en un juicio anterior constituyó la finalización de un proceso de conocimiento y la definición de una cuestión sustancial que adquirió el carácter de cosa juzgada, importó el rechazo de la demanda y entrañó un pronunciamiento adverso que no puede ser revisado sin riesgo de afectar la seguridad jurídica, ya que lo contrario implicaría autorizar al litigante vencido a reincidir indefinidamente en el ejercicio de una misma acción cuando, en razón del desacierto de su planteo, le fuese imputable a él -y no a sus contrarios- dejar así pendientela seguridad señalada.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3299
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