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Fallos: 328:306 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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CORREO ARGENTINO S.A. v. OBRA SOCIAL de BUENOSAIRES (O.S.C.B.A.) JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención dela Corte Suprema.

Para el correcto planteo de una contienda negativa de competencia, es presupuesto necesario que los jueces intervinientes se la atribuyan recíprocamente, situación que no ocurresi el juez de la Ciudad de Buenos Aires no atribuyó competencia a ningún órgano judicial para conocer en el proceso, sino que selimitóa declarar que la causa no correspondía a la justicia local y a manifestar que el interesado debía ocurrir por la vía y forma que corr esponda, circunstancia que autoriza a suponer que consideró aplicableel art. 286, inc. 1 del Código Contencioso Administrativo y Tributario local.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención dela Corte Suprema.

Corresponde habilitar la intervención de la Corte Suprema por razones de economía procesal y a los fines de evitar una situación que se traduzca en una efectiva privación de justicia para el reclamante —quien ha visto sucederse diversas dedaraciones de incompetencia durante un prolongado período- (Disidencia de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención dela Corte Suprema.

Más allá de lo dispuesto por el juez de la Ciudad de Buenos Aires ante quien se interpuso la demanda, corresponde concluir que araíz dela ulterior intervención de los magistrados a cargo de los juzgados en lo comercial y en locivil —ambos de lajusticia nacional—, el debate sobre la cuestión ha quedado circunscripto a ellos dado que en sus respectivos pronunciamientos ha mediado, en términos amplios, una atribución recíproca de competencia, por lo que cor responde remitir los autos ala cámara de la que depende el juez que conoció en primer término para que resuelva la cuestión (art. 24, inc. 7 , del decreto-ley 1285/58) (Disidencia de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

A fs. 1/4, Correo Argentino S.A. demandó a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (OSBA, en adelante), a fin de obtener el cobro

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:306 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-306

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