tribución de gas, con sus respectivos subanexos: las reglas básicas (1); el reglamento del servicio (11) y lastarifas (111) (art. 5°). A su turno, el Poder Ejecutivo Nacional otorgó a Distribuidora de Gas MetropdlitanaS.A. (actual Metrogas S.A.) una licencia para la prestación del servicio público de distribución de gas, que se rige por los mencionados subanexos del decreto 2255/92, que se incorporan como anexos al decreto 2459/92 (cfr. art. 1°).
En lo que ahora importa, el reglamento del servicio define al "ser vicio general ?" como aquel para usos no domésticos (excluyendo estaciones GNC y subdistribuidores) en donde el diente no tendrá una cantidad contractual mínima y no es atendido bajo un contrato de servicio de gas (punto 2, inc. gg). Tanto la lectura de los medidores comolas facturas por servicios de 150 m° por mes o menos se efectuarán bimestralmente, mientras que las que superen esa cantidad por mes podrán realizarse en forma mensual (cfr. punto 14, incs. g] ei]).
Finalmente, se establece que por este servicio el ciente pagará a la distribuidora, según la tarifa correspondiente: a) el cargofijo por factura; b) el cargo por metro cúbico de gas multiplicado por los metros cúbicos de consumo y c) los restantes cargos que resulten aplicables según lo establecido en las condiciones generales del reglamento (cfr .
Condiciones especiales del servicio general "P", punto 5). En cuantoa las tarifas —tal como se indicó-, el anexo ||| del decreto 2459/92 aprobó el primer cuadro tarifario y, en lo que es relevante para el sublite, estableció un cargo por metro cúbico de gas consumido decreciente a medida que aumentaba el consumo, en distintos rangos: de 0 a 1.000 m?, de 1.001 a 9.000 m° y más de 9.000 m°.
La recurrente sostiene que, a los clientes que factura en forma mensual, les cobra un precio por los primeros 1.000 m° y a partir de ese consumo uno menor, de acuerdo con las escalas aprobadas. En cambio, paralos clientes que abonan el servicio cada dos meses, duplica aquella cantidad y recién a partir de los 2.000 m? les aplica el descuento previsto en el cargo por metro cúbico de gas consumido.
Por su parte, el ENARGAS, considera que las distintas tarifas del gas consumido deben aplicarse con independencia de si la facturación es mensual o bimestral, sin admitir diferencias derivadas de esta circunstancia.
En mi opinión —coincidentemente con lo resuelto por el a quoésta última es la interpretación correcta del marco regulatorio, pues
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:2469
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