DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte: 
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La Sala Segunda de la Cámara Nacional de Casación Penal resolvió rechazar el recurso de casación y declarar mal concedido el de inconstitucionalidad, interpuestos por la defensa del diputado nacional Jorge Rivas contra la resolución del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1, que no hizo lugar a la excepción por falta de acción que, con base en el artículo 68 de la Constitución Nacional, fue planteada ante la querella promovida en su contra por calumnias e injurias (fs. 38/41, 52/55 vta.) Contra ese pronunciamiento se interpuso recurso extraordinario federal (fs. 1/16), cuya denegación dio lugar ala presente queja (fs. 17 y vta., 19/35 vta.) — 1. Para resolver del modoindicado, la juez federal consideróquela exención de responsabilidad del legislador se encuentra limitada por la relación directa que exista entre las expresiones vertidas y su desempeño funcional, en cuanto la inmunidad tiende a la preservación de la actividad legislativa; y que la propia legislatura estableció un límiteal permitir la prosecución de las investigaciones judiciales hasta su total conclusión, mientras no pongan en riesgo la libertad del legislador imputado (ley 25.320), extremos que no se verificarían en el caso.
Abierta la instancia ante la cámara de casación, ésta rechazó el recurso, al considerar que las manifestaciones formuladas por Rivas en un reportaje radial, aparecen vertidas fuera del ámbito y en un contexto ajeno a la labor parlamentaria, conclusión que a su criterio norevierte su alegación de que integraba la Comisión de Derecho Penal de la Cámara de Diputados de la Nación.
En otro orden, el a quo también descartó la existencia del supuesto de arbitrariedad, vicio que se atribuyó al fallo del juez federal por
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1898 
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