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Fallos: 328:166 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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que motiva estas actuaciones aparece un recibo de $ 200 suscripto por Cleber Rodríguez a favor de Garrido por la exhibición y entrega de bienes... y se establece que Rodríguez desempeñaría el servicio de vigilancia en el inmueble del que resultara en definitiva comprador...".

Finalmente, que Rodríguez es titular de dos líneas de teléfonos celulares y que habría efectuado 27 llamadas desde el 30 de agosto de 2001 hasta el 1 deenerode 2002, circunstancia que junto con los otros elementos probatorios reunidos llevan a la convicción de la existencia de una relación laboral de dependencia entre ambos.

Respecto de las irregularidades ocurridas durante la realización del remate —tema éste que fue lo único que se había ordenado ala cámara investigar en el sumario, pues las otras imputaciones fueron puestas a consideración del juez penal-, el instructor considera que quedan suficientemente acreditadas por los dichos de los testigos Carlos E. Parga (fs. 129/0), Serafín Vilardo (fs. 330/31), y Juan Carlos Piris (nocita foja), así como por el video donde se encuentra registrado el remate en cuestión. Debe aclararse que las declaraciones fueron prestadas en la causa penal.

Así, en su declaración antela fiscalía, Parga -jefe de la Oficina deSubastas Judiciales— manifiesta que pudo observar la subasta desde su lugar de trabajo, y le llamó la atención que el martillero Garrido "tomaba ofertas inexistentes"; "que la persona a quien el martillero leatribuyela oferta la niega al instante"; "que es llamativo el diálogo del martillero con el supuesto ofertante"; "que eso produjo desorden en la sala y risas en el resto de los concurrentes"; "que el martillero atribuye una oferta a una persona que tampoco habría efectuado ningún ademán ni había formulado oferta alguna en concreto"; "que llama la atención que el martillero disminuyó la oferta considerablemente de 15.000 pesos a 5.000 pesos, per o sobre todo que nadie había ofertado dichas sumas"; "que llama la atención que Rodríguez haya salido del salón de remate desde los estrados y no del lugar habitual de donde ingresan los restantes asistentes", que "la circunstancia de que el que adquirió el inmueble era un empleado o conocido de Garrido le fue manifestada por Piris"; "que esta versión le fue confirmada por Navarro y por Sarda, quienes cumplen funciones de vigilancia en el predio de la Corporación y son enviados como miembros de la Policía Federal a disposición de la Corte Suprema de Justicia"; "que también Ramón Milton Piris, que cumple tareas de seguridad en la Corporación lehizo saber dela vinculación entre martillero y comprador".

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:166 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-166

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