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Fallos: 328:1354 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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prevención del terrorismo de 1974, las diversas leyes alemanas para reformar el código penal y la legislación procedimental en materia de terrorismoy las leyes italianas contra el terrorismo de 5 y 28 de abril de 1978, entreotras, demuestran la intención estatal de recoger los principios internacionales en la materia. Cabe destacar que España, Francia, Reino Unido y Portugal han adoptado una definición de terrorismo en su legislación.

Asimismo, los Estados Unidos de Norte América han adoptado una ley interna, la USA Patriot ACT, de octubre de 2001, Secciones 808, 809 y 810 en la que define al delito de terrorismo, tipificando nuevos delitos federales, aumentan las penas, modifica el procedimiento criminal federal, particularmente respecto de actos de terrorismo.

23) Que es posible afirmar que la condena dela — VIII. Consolidación comunidad internacional al terrorismo se ha desa- dinámica de la rrollado como una práctica constante y uniforme opinio iuris sive aceptada como derecho (Fallos: 317:1880 ; 322:2926 ; necesitatis art. 38 (1.b) Estatuto de la Corte Internacional de Justicia; Columbian Peruviam Asylum, CJ Reports 1950; Plataforma Continental del Norte, ICJ Reports 1969; Rightsof deUnited Statesin Morocco 1CJ Reports 1952; Military and Paramilitary Activities and in and Against Nicaragua ICJ Reports, 1986).

Probada la consistencia y generalidad de una práctica, ninguna duración particular es requerida: el paso del tiempo será por supuesto partedela evidencia de la generalidad y consistencia. Unalarga y menos aún inmemorial práctica no es necesaria (Brownlie, lan, Principles of PublicInternational Law, Clarendon Press Oxford 1966, pág. 5).

24) Que, como se señaló en el Informe Preliminar de la Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos del Consejo Económico y Social de

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1354 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-1354

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