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Fallos: 328:1358 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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ción como un medioeficaz de los estados para combatir la impunidad en la lucha contra el terrorismo. En este sentido se destacó que la extradición de una persona supuesta autora de una acción terrorista desde un Estado a otro Estado legalmente interesado es una de las formas en que la comunidad internacional puede abordar la cuestión de la impunidad. Se señaló asimismo que los instrumentos internacionales contra el terrorismo y la mayoría de las convenciones regionales existentes sobre terrorismo asignan gran relevancia a la extradición sobre todo porquela extradición está considerada casi universalmente como un poderoso medio de prevenir la impunidad y por consiguientereducir el terrorismo. Se enfatizó que el temor a ser extraditado a un Estado que es el objetivo de sus actos o a un Estado donde será procesado está considerado por los terroristas potenciales como el principal elemento disuasorio. Por ello, se concluyó que es importante que aquellas personas a las que se podría convencer de que cometan acciones terroristas sepan que si son capturadas serán procesadas con toda certeza. (conf. Informe sobre la marcha de los trabajos preparado por la Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, Kalliopi K. Kuofa, E/CN .4/Sub. 2/2001/31, 27 de junio de 2001). En el mismo sentido la Constitución Española, en el art. 13.3 dispone que quedan excluidos de la extradición los delitos políticos y al mismo tiempo distingue el delito político de los actos de terrorismo de la siguiente forma: 13.3 "La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos no considerándose como tales los actos de terrorismo".

29) Que, en este contexto, se impone conduir X. Adaptación del que tratándose de delitos de lesa humanidad, como derecho interno el terrorismo, no rigen las disposiciones del derecho interno en materia de prescripción. Tales nor

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:1358 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-1358

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