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Fallos: 327:891 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de abril de 2004.

Vistos los autos: "F.N. (A.F.I.P. - D.G.I.) c/ Empresa Provincial de la Energía s/ ejecución fiscal — incidente de levantamiento de embargo".

Considerando:

Que la cuestión planteada ha sido adecuadamente considerada en el dictamen del señor Procurador General, a cuyos fundamentos corresponde remitirse a fin de evitar reiteraciones innecesarias.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la decisión apelada. Con costas, Notifíquese y devuélvase.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CARLos S.
FAYr — ANTONIO BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ — JUAN CArLos

MAQUEDA.
Recurso extraordinario interpuesto por el Fisco Nacional (A.F.I.P. - D.G.I.), representado por los Dres. Stella Maris Cohen y Silvia H. de Ceccato, con el patrocinio del Dr. Cristian E. Baella.

Traslado contestado por la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe, representada por el Dr. Guillermo Andrés Zenklusen.

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.

Tribunales que intérvinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de Santa Fe.

JOSE LUIS GIMENEZ v. IMPECOL S.R.L. - t RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso. . .

Es improcedente el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que hizo lugar al reclamo con fundamento en la existencia de relación laboral, pues es razonable la invocación de la doctrina de los propios actos efectuada ante quien afirmó —por un lado- la existencia de una subcontratación y por otro incluyó al

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:891 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-891

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