FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de marzo de 2004.
Vistos los autos: "Telecom Argentina Stet France — Telecom S.A. c/ E.R.S.E.P: s/ amparo", Considerando:
Que esta Corte comparte el dictamen del señor Procurador General y se remite a sus fundamentos y conclusiones por razones de brevedad.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara admisible el recurso extraordinario interpuesto, se revoca la sentencia apelada y se declara la competencia federal en el caso. Vuelvan los autos. a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba a sus efectos. Notifíquese y devuélvanse.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CARLos S.
FAYT (según su voto) — ANTONIO BOGGIANO (según su voto) — ApoLFro RosERTO VÁZQUEZ (según su voto) — JuAN CARLos MAQUEDA — E. RAUL ZAFFARONI. —Voto DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLos S. FAYT
Y DON ANTONIO BOGGIANO
Considerando:
1) Que contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que se declaró incompetente para conocer en la causa —confirmando la resolución del señor juez a cargo del juzgado federal de primera instancia de dicha ciudad-- la actora interpuso el recurso extraordinario de fs. 300/307 que le fue concedido a fs. 309.
29) Que las decisiones en materia de competencia habilitan la intervención de esta Corte cuando media denegación del fuero federal, circunstancia que se da en las actuaciones, por lo que corresponde
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:631
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