INTERPRETACION DE LA CONSTITUCION NACIONAL" 1. La armonía o concordancia entre los tratados y la Constitución es un juicio del constituyente. En efecto, así lo han juzgado al hacer referencia a los tratados que fueron dotados de jerarquía constitucional y por consiguiente no pueden ni han podido derogar la Constitución pues esto sería un contrasentido insusceptible de ser atribuido al constituyente, cuya imprevisión no cabe presumir (Voto del Dr. Antonio Boggiano): p. 5668.
2. Los tratados complementan las normas constitucionales sobre derechos y garantías y lo mismo cabe predicar respecto de las disposiciones contenidas en la parte orgánica de la Constitución aunque el constituyente no ha hecho expresa alusión a aquélla, pues no cabe sostener que las normas contenidas en los tratados se hallen por encima de la segunda parte de la Constitución (Voto del Dr. Antonio Boggiano): p. 5668.
3. No hay normas constitucionales inconstitucionales. Las cláusulas de la Constitución no pueden interpretarse en contradicción unas con otras, ni jerarquizando unas sobre las otras. Obviamente, cabe distinguir los distintos ámbitos de aplicación según las materias de las normas constitucionales (Voto del Dr. Antonio Boggiano): p. 5668.
INTERPRETACION DE LA LEY
Ver: Consolidación de deudas, 12, 16; Extradición, 12; Impuesto al valor agregado, 1, 2; Impuestos internos, 1 a 5; Jubilación y pensión, 4, 11; Jurisdicción y competencia, 2, 65; Ley, 1a5,9,12a 14, 19, 20; Multas, 1; Pena, 2; Policía Federal, 1; Recurso de queja, 4; Recurso extraordinario, 133; Universidad, 3, 5.
INTERPRETACION DE LOS CONTRATOS
Ver: Contrato de obras públicas, 1; Contratos, 1 a 4; Contratos administrativos, 1; Recurso extraordinario, 62, 177, 178.
INTERPRETACION DE LOS TRATADOS -
Ver: Constitución Nacional, 13, 63; Convención Interamericana contra la Corrupción, 1, 2; Corte Interamericana de Derechos Humanos, 15; Extradición, 1, 12; Patentes de invención, 1 a 16; Recurso extraordinario, 96; Tratados internacionales, 1 a 5, 8, 9.11 a 13. .
INTERVENTOR
Ver: Conflictos interadministrativos, 1; Recurso extraordinario, 23.
1) Ver también: Ciudadanía y naturalización, 1 a 3; Constitución -Nacional, 1, 59, 62; Ministerio Público, 3, 4, 13, 16 a 18, 21, 23 a 26, 34; Sentencia de la Corte Suprema, 4.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:6237
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-6237
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