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Fallos: 327:5493 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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pleados para la comisión de delitos cuyo juzgamiento deba asignarse al fuero de excepción, corresponde la intervención de la justicia provincial.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado de Instrucción en lo Penal, Correccional y de Menores de la Circunscripción Judicial de Jáchal, y el Juzgado Federal N° 2, ambos de la provincia de San Juan, se refiere a la causa seguida contra Juan Norberto Pizarro, Juan Ismael Carpio y Raúl Vicente Alaniz, por los delitos de tenencia de armas y municiones, de pólvora, y elementos para fabricar proyectiles (fs. 1, 25 y 26).

De los antecedentes agregados al incidente surge que en el marco de una investigación efectuada por la policía de esa provincia, se secuestraron municiones de diversos calibres que se encontraban en poder de Juan Norberto Pizarro (fs. 1). Posteriormente, en el domicilio de Juan Ismael Carpio se incautó una carabina calibre 7,65; municiones, 500 gramos de pólvora y varios elementos para fabricar proyectiles (fs. 25); y en el domicilio de Raúl Vicente Alaniz, una escopeta calibre dieciséis (fs. 26).

El magistrado local declaró su incompetencia por considerar que correspondía a la justicia federal entender respecto de estos hechos fs. 53).

El juez nacional, por su parte, calificó el hecho como portación ilegítima de arma de uso civil, y rechazó tal atribución por considerar que su conocimiento era competencia de la justicia local (fs. 57/64).

Con la elevación de la causa a la Corte quedó trabada esta contienda.

En atención a que la competencia federal es de carácter excepcional, sin que en el hecho imputado a Juan Norberto Pizarro se advierta

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5493 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-5493

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