JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Nación.
Corresponde a la justicia federal entender en la causa seguida contra la Universidad Nacional del Nordeste —tendiente a que se deje sin efecto la resolución que implementa un plan de estudios, pues si bien su intervención en las provincias es de excepción y se encuentra circunscripta a las causas que expresamente le atribuyen las leyes que fijan su competencia, en la especie se halla en tela de juicio un acto emanado de una autoridad nacional.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL SUBROGANTE
Suprema Corte:
—I-
La Universidad Nacional del Nordeste (UNNE, en adelante) se presentó ante el Juzgado Federal de Resistencia y solicitó -mediante inhibitoria— que su titular se declarara competente para entender en el Expte. N° 2665/04, caratulado "Centro de Estudiantes de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo c/ Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la UNNE s/ medida cautelar innovativa", en trámite ante el Juzgado Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la Ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, cuya titular hizo lugar a la medida solicitada por la actora y ordenó a las autoridades universitarias que se abstuvieran de aplicar la Resolución N° 061/04, dictada por el Consejo Superior de la UNNE, por la que se implementa el llamado Plan de Estudios 2003, así como cualquier otra disposición que implique una alteración del Plan de Estudios Año 1977 y su modificatoria de 1986 (v. fs. 5/11).
—I-
A fs. 15/16, el juez federal mencionado hizo lugar al planteo de la UNNE y ordenó librar oficio a la magistrada local solicitando la remisión del expediente, con fundamento en que el amparo se interpuso contra una universidad nacional —que reviste el carácter de entidad autárquica del Estado Nacional y en que la exteriorización, así como los principales efectos del acto cuestionado se producen dentro del ámbito de su competencia territorial.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5488
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