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Fallos: 327:5270 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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MIRTA LILIANA GOMEZ y Otros v. DIRECCION DE BIENESTAR p£ La ARMADA y Otro RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos.

Las sentencias de la Corte Suprema deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Subsistencia de los requisitos.

Si con posterioridad a la decisión de la cámara el causante víctima de un accidente cerebro-vascular- falleció, el amparo dirigido a obtener tratamiento terapéutico real, concreto y continuo así como el suministro de medicamentos se ha tornado abstracto.

ACCION DE AMPARO: Actos u omisiones de autoridades públicas. Principios generales.

La acción de amparo tiene por objeto la tutela de los derechos o garantías constitucionales arbitraria y manifiestamente lesionada por actos de la autoridad pública, haciendo cesar de inmediato las consecuencias de los actos, conductas u omisiones estatales lesivos de aquéllas, para restituir a su titular en el pleno uso y goce de sus derechos constitucionales garantizados (Voto de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Carlos S. Fayt).

ACCION DE AMPARO: Actos u omisiones de autoridades públicas. Principios generales.

Deviene inoficioso dictar un pronunciamiento si la pretensión contenida en el recurso federal —ante el fallecimiento del actor no se dirige ya a tutelar de manera efectiva e inmediata el derecho del beneficiario a gozar de salud y recibir el tratamiento adecuado sino a obtener, mediante la indebida conversión del objeto del proceso regido por la ley 16.986, una sentencia meramente declarativa de la existencia de una lesión al derecho señalado, al único efecto de perseguir la reparación de los daños experimentados en el patrimonio de los interesados (Voto de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Carlos S. Fayt).

ACCION DE AMPARO: Actos u omisiones de autoridades públicas. Principios generales.

El fallecimiento del amparista es un infortunio que pone límite temporal a la asistencia que constituía el objeto de la acción, en tanto perseguía el suministro de atención médica y tratamiento en el lapso en que fuesen prescriptos y dicho desenlace modifica objetivamente la configuración fáctica que existía en el mo

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5270 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-5270

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