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Fallos: 327:5255 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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buen servicio de justicia y de impedir la perduración de situaciones que podrían llegar a configurar un caso de privación jurisdiccional para las partes, resulta necesario determinar qué juez debe intervenir en esta causa.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Nación.

La ejecución fiscal iniciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra el Estado Nacional debe continuar su trámite ante el fuero Contencioso Administrativo Federal, puesto que, por un lado, resulta aplicable lo dispuesto por los arts. 116 de la Constitución Nacional y 2° de la ley 48, al ser demandado el Estado Nacional y, por el otro, cabe tener en cuenta que, a los efectos de resolver la pretensión de la actora, se deben aplicar normas y principios propios del derecho público.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL SUBROGANTE
Suprema Corte:

—I-

La cuestión de competencia que se plantea en las presentes actuaciones tiene su origen en la ejecución fiscal iniciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra el Estado Nacional, a los efectos de obtener el cobro de la suma que le adeudaría en concepto de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Contribución Territorial, y de Pavimentos y Aceras y Ley 23.514 (fs. 4/5).

A fs. 31, la Magistrada a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, previo dictamen fiscal, se declaró incompetente al entender que -sin perjuicio de que la demandada aún no se hubiera presentado en autos— en virtud de la jurisprudencia existente debe prevalecer la competencia federal establecida a su respecto en el art. 116 de la Constitución Nacional.

A su turno, la titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 9 también se declaró incompetente. Para así decidir, consideró que, sobre la base del derecho de la Nación —0 una entidad nacional al fuero federal y el de las provincias a la jurisdic

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5255 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-5255

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