tes al cobro de las multas derivadas de la aplicación de la ley 9359, con los alcances indicados en los considerandos. Notifíquese.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — CARLos S. FAYr — ANTONIO BOGGIANO — JUAN CARLOs MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI. —- o :
Abogados intervinientes en este incidente: Javier M. Petrantonio y María Inés Corrá.
CARMELA LOMBARDO v. ANSES
JUBILACION Y PENSION. 4 Corresponde revocar la sentencia que rechazó la demanda por restablecimiento del derecho a percibir la jubilación, si se omitió el tratamiento de temas oportunamente propuestos y conducentes para la correcta decisión del caso, pues el juez de grado sólo tuvo en cuenta la declaración de reingreso en la actividad presentada por la empleadora, y no ponderó que esa constancia se contradecía con la certificación de servicios acompañada por la parte -también firmada por la empresa-, que acreditaba tareas desempeñadas por la apelante a partir de varios meses después. 
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.
Al haber elementos contradictorios, es descalificable la decisión que descartó de plano la prueba testifical ofrecida por la recurrente, que consistía en declaraciones de personas que habían sido compañeras de trabajo, a fin de dilucidar lo atinente a la existencia de una continuidad en el desarrollo de las tareas o un reingreso posterior. .
JUBILACION Y PENSION.
La extinción de la prestación no se halla contemplada en las normas aplicables al reclamo de restablecimiento del derecho a percibir la jubilación —art. 64, incs. a y  "b,delaley 18.037-. . 
ACTOS ADMINISTRATIVOS. -
Los actos administrativos firmes que provienen de autoridad competente y satisfacen todos los requisitos de forma, que se han expedido sin grave error de dere 
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4777 
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