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Fallos: 327:4721 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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RESOLUCION DEL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA

ACTO ELECTORAL. UNION DE EMPLEADOS DE LA JUSTICIA

DE LA NACION.
— Ne 1735 — Buenos Aires, 13 de octubre de 2004.

Visto el expediente de la referencia (fs. 1/2), y Considerando:

Que el señor sub-intendente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación eleva la solicitud presentada por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación a fs. 1, en la que requiere autorización para la realización de la elección de los integrantes de la Comisión Interna del Fuero Penal, para el día 14 de octubre de 2004.

Que mediante las resoluciones 966/02, 976/02 y 1926/03 se concedieron similares autorizaciones, por lo que corresponde hacer lugar a lo solicitado a fs. 1.

Que por tratarse de una entidad con personería gremial, y de acuerdo con lo normado por la Ley de Asociaciones Sindicales 23.551, debe facilitarse el procedimiento para la elección de sus autoridades.

Que no obstante ello, la autorización debe ser acordada en el marco del debido resguardo que permita asegurar que no se perturbe el normal funcionamiento de las actividades tribunalicias y que la instalación de mesas de votación y la exhibición de los documentos y demás material, se realice en los lugares apropiados y de una manera decorosa, objetiva y estética (confr. resol. 1601/00, 966/02, 676/02, 1926/03, entre otras).

Por ello, Se Resuelve:

1) Autorizar a la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación a realizar el acto eleccionario del 14 de octubre de 2004 en el Palacio de Justicia (Talcahuano 550), haciéndose responsable esa entidad gremial de cualquier perturbación al normal funcionamiento de las actividades judiciales y demás pautas contenidas en la resolución 966/02.

2) La organización de las actividades relacionadas con el acto electoral deberá coordinarse con la intendencia del edificio.

Regístrese, hágase saber a la U.E.J.N. y a la intendencia del Palacio de Justicia y, oportunamente, archívese. — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4721 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-4721

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