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Fallos: 327:4720 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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"Los funcionarios y empleados deberán desempeñar sus tareas en la sede del Jurado. Los miembros del Cuerpo podrán solicitar fundadamente al Presidente que se haga excepción a la regla indicada, cuando por razones graves y por un tiempo limitado sea preciso el desplazamiento del personal fuera de la sede, a cuyo fin deberán indicar el lugar en que cumplirá servicios, horarios y tareas a las que estará afectado." "Los funcionarios que se acojan a la resolución N" 28/99 deberán ratificar semestralmente el cumplimiento de los recaudos exigidos por dicha reglamentación y por la establecida según resolución N° 2832/98 de la Corte Suprema." "El reintegro de gastos de pasajes o de traslados deberá solicitarse fundadamente a la Presidencia, con la conformidad del superior jerárquico." 4. Incorporar dos nuevos incisos al art. 15, con los siguientes textos:

"D) Otorgar licencias al personal de la secretaría general y al correspondiente a cada miembro del Jurado, previa conformidad de éstos." "g) Controlar la asistencia y prestar conformidad en los recibos de sueldos de todo el personal del cuerpo." 5. Derogar el art. 10 bis.


VII, Regístrese y hágase saber. — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA 1. HIGHTON

DE Notasco — CARLos S. FAyr — E. RAUL ZAFFARONI — JUAN CARLOs MAQUEDA.

PLANTA DE CARGOS DE PERSONAL PERMANENTE CORRESPONDIENTE A LA SECRETARÍA
GENERAL (ART. 13, 1 PÁRRAFO, RESOLUCIÓN N° 27/99).

— unsecretario de Corte, — un secretario letrado. .

— un prosecretario jefe.

— un prosecretario administrativo. .

— unescribiente.

— cinco ayudantes,
PLANTA DE CARGOS DE PERSONAL CONTRATADO DEPENDIENTE DIRECTAMENTE DE LOS
MIEMBROS DEL JURADO (ART. 13, 2? PARRAFO, RESOLUCIÓN N° 27/99) — nueve secretarios letrados.

— nueveescribientes.

Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4720 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-4720

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