RECUSACION.
Las recusaciones contra los ministros de la Corte Suprema son inadmisibles cuando están fundadas en el juicio político que se pudiese haber solicitado.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de octubre de 2004.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional — Ministerio del Interior en la causa Pérez, Adrián (Partido Afirmación para una República Igualitaria — Orden Nacional) s/ presentación", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1) Que corresponde, en primer lugar, dictar un pronunciamiento con relación a la recusación planteada a fs. 103 vta/104 vta. contra .
todos los integrantes de la Corte con excepción de los jueces Maqueda y Zaffaroni.
La actora formula dicho planteo sobre la base de que los diputados nacionales del partido actor votaron a favor de la promoción del juicio político de los integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el plenario de la Cámara de Diputados de la Nación (ver fs. 103 vta/104 vta.). ° 2) Que en esa presentación se arguye que ante la falta de una espontánea excusación se haga lugar a la presente recusación con causa ver fs. 103 vta./104 vta.).3) Que en primer término es preciso señalar que los firmantes de esta decisión no encuentran razón alguna para excusarse de seguir interviniendo en estas actuaciones en los términos previstos en el art. 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación .
49) Que, en consecuencia, corresponde adentrarse en el examen del planteo formulado, a cuyo efecto es necesario poner de resalto que,
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4119
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