DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
—I-
La presente contienda negativa de competencia se origina en la demanda de apremio promovida por la Comuna de Hughes, Provincia de Santa Fe, contra Telefónica de Argentina S.A., tendiente a obtener el cobro de los derechos de registro e inspección y de utilización del espacio aéreo, previstos en la leyes provinciales 2439 y 5066 y en diferentes ordenanzas municipales (v. fs. 37/38).
—I-
A fs. 193/194, el titular del Juzgado de Primera Nominación en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, se declaró incompetente para entender en las presentes actuaciones, por considerar que resulta aplicable la ley 19.978 (arts. 3? y 39°) y, en consecuencia, las remitió a la Justicia Federal.
Dicho pronunciamiento fue apelado por la actora y, a su turno, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto, de conformidad al dictamen del Fiscal del fuero (v. fs. 239), lo confirmó por similares fundamentos (v. fs. 252/255).
Por su parte, la titular del Juzgado Federal N° 2 de Rosario, también declaró su incompetencia, al entender que se trata de un tema exclusivamente impositivo y de derecho local, materia que, en principio, resulta ajena a la competencia federal (v. fs. 285).
— II En tales condiciones, ha quedado trabado un conflicto negativo de competencia, que corresponde dirimir a V.E., en uso de las facultades que le acuerda el art. 24, inc. 72, del decreto-ley 1285/58, al no tener ambos tribunales un superior jerárquico común que pueda resolverla Fallos: 294:25 ; 301:631 ; 316:795 , entre muchos otros).
—IVCabe recordar que la competencia federal por razón de la materia es improrrogable por su propia naturaleza y no puede ser alterada por la
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:3884
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