FUNDACION MEDAM v. NACION ARGENTINA y Otro JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Principios generales.
La competencia federal por la materia lleva el propósito de afirmar atribuciones del gobierno federal en las causas relacionadas con la Constitución, tratados y leyes nacionales, así como las concernientes a almirantazgo y jurisdicción marftima, mientras que la competencia de excepción por las personas procura asegurar esencialmente la imparcialidad de la decisión, la armonía nacional y las buenas relaciones con los países extranjeros.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Principios generales.
El proceso corresponde a la jurisdicción federal tanto ratione personae como ratione materiae si se encuentra demandado el Estado Nacional —en su carácter de propietario de la planta que produciría el daño ambiental- y, según surge de los | términos de la demanda, los procesos contaminantes afectan fuertemente la composición química del acuífero freático y del lindero Río Paraná, circunstancia que habilita a entender que, en principio, se hallaría configurada la interjurisdiccionalidad que requiere el art. 7, segundo párrafo, de la ley 25.675.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL SUBROGANTE
Suprema Corte:
—I-
La presente contienda negativa de competencia se origina en la demanda promovida por la Fundación Medam contra el Estado Nacional (Ministerio de Defensa), a fin de obtener que cese el daño ambiental que produce la "Fábrica Meteor", ubicada en la Ciudad de Zárate, Provincia de Buenos Aires, como así también que se realicen las obras necesarias a tal efecto y que se recomponga el daño am
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:3880
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