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Fallos: 327:3199 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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Sara Matilde, y otros c/ Buenos Aires Provincia de s/ beneficio de litigar sin gastos".

Por los fundamentos allí expuestos, que doy por reproducidos brevitatis causae en cuanto fueren aplicables, opino que no corresponde que me expida en el presente incidente de beneficio de litigar sin gastos. Buenos Aires, 10 de febrero de 2000. Nicolás Eduardo Becerra.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de agosto de 2004.

Autos y Vistos; Considerando:

1) Que afs. 1/1 vta. se presenta David León Kravetz, por apoderado, solicitando el beneficio de litigar sin gastos en los términos del art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para proseguir la demanda entablada contra la Provincia de Santiago del Estero por la suma de $ 2.779.785, por los daños y perjuicios que dice haber sufrido como consecuencia de un allanamiento realizado por el personal policial de esa provincia en un establecimiento rural de su propiedad.

A fs. 47/48 se presenta la demandada y se opone por las razones que allí aduce.

29) Que la concesión del beneficio de litigar sin gastos queda librada a la prudente apreciación judicial en tanto los medios probatorios incorporados al incidente reúnan los requisitos suficientes para llevar al ánimo del juzgador la verosimilitud de las condiciones de pobreza alegadas.

3) Que tal beneficio encuentra sustento en dos preceptos de raigambre constitucional: la garantía de la defensa en juicio y la de la igualdad ante la ley (arts. 18 y 16 de la Constitución Nacional). Ello es así, habida cuenta de que por su intermedio se asegura la prestación de los servicios de justicia no ya en términos formales, sino con un criterio que se adecua a la situación económica de los contendientes.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:3199 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-3199

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