CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.
Es violatoria de la garantía de defensa en juicio la condena que no ha respetado el principio acusatorio formal y la exigencia de que al juicio preceda una acusación clara y circunstanciada acorde con los principios de imparcialidad y contradicción (Voto de los Dres. Carlos S. Fayt y Adolfo Roberto Vázquez).
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de esta ciudad, condenó a Santiago Fariña Duarte a la pena de cinco años de prisión, accesorias legales y costas, en orden a los delitos de atentado a la autoridad calificado en concurso ideal con robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, y a Andrés Duarte a la pena de doce años de prisión, accesorias legales y costas, por los delitos mencionados con más el concurso formal de los de homicidio simple en grado de tentativa en concurso ideal con tenencia ilegítima de arma de guerra.
Contra ese pronunciamiento los nombrados interpusieron sendos recursos de casación, respecto de los cuales, la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal, resolvió, por mayoría, no hacer lugar parcialmente al de Fariña Duarte y rechazar el articulado por Andrés Duarte.
Ante ello, las defensas oficiales de los imputados, interpusieron recursos extraordinarios, los que fueron concedidos a fojas 1612.
I-
Mediante los recursos extraordinarios las defensas de Fariña Duarte y Andrés Duarte se agraviaron de la sentencia dictada por el tribunal de la casación, en el entendimiento de que aquélla dio por cumplidas ciertas exigencias en lo que se refiere a la actuación del Ministerio Público Fiscal durante el proceso que, a sus criterios, resultan inexistentes.
Compartir
120Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2792
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-2792
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 327 Volumen: 2 en el número: 1404 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos