FALLO DE LA CORTE SUPREMA — Buenos Aires, 24 de junio de 2004.
Autos y Vistos:
De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara que resulta competente para seguir conociendo en las actuaciones el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial de Santo Tomé, Provincia de Corrientes, al que se le remitirán. Hágase saber al Juzgado Federal de Primera Instancia de Paso de los Libres.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — ANTONIO
BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ — JUAN CARLos MAQUEDA — E.
RAÚL ZAFFARONI.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Paz Letrada de Santo Tomé, Provincia de Corrientes.
- GOBIERNO DE La CIUDAD nr BUENOS AIRES v. FERROCARRILES ARGENTINOS JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Generalidades.
La facultad de los particulares para acudir ante los jueces en procura de tutela de los derechos que les asisten, no autoriza a prescindir de las vías que determinan los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional y sus leyes reglamentarias para el ejercicio de la competencia que aquélla otorga a la Corte Suprema.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
Ji URISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Generalidades.
La demanda iniciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra Ferrocarriles Argentinos a los efectos de obtener el cobro de la suma que le adeudaría
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2536
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