DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
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Contra la sentencia de los integrantes de la Sala II| dela Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que hizo parcialmente lugar a la acción, la co-demandada, Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, interpuso recurso extraordinario que fue concedido a fojas 368.
Seagravia la apelante debido a que la sentencia hizo lugar a laindusión en el haber del actor del suplemento por variabilidad devivienda que la actora peticonó en su acción con un meroreciamo genérico.
Aduce que el juzgador falló ultra petita al ordenar el pago del suplemento como remunerativo incluido en el concepto sueldo del haber previsional del actor, dado que no hay adecuación entre lo sdicitado en la demanda y lo resuelto, decidiendo más allá de las pretensiones deducidas en juicio.
Asimismo, aduce que se legó a la solución sin considerar el texto de la normativa aplicable, desconociendo las exigencias de una interpretación sistemática del orden jurídico y contradiciendo la jurisprudencia imperante en la materia.
Contradiciendo la postura de la Cámara, que sostuvo que la naturaleza salarial del suplemento en cuestión surge del carácter general con que ellos fueron otorgados, entiende que las normas aplicables al caso deben ser interpretadas conforme a su letra, la voluntad del legislador y sin contradicción al marco normativo que regula la situación del actor.
Dice que de mantenersela sentencia recurrida se superaría el porcentual tope otorgado al haber deretiro, produciendo un desequilibrio del sistema de movilidad implementado por las normas que lo rigen, vulnerando, también, su origen.
Advierte quela decisión arribada por la Cámara significa poner al actor en una situación de indebido privilegio, no sólo para con sus pa
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:931
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