Sigue diciendo que los informes también consideran que los médicos son responsables de haber descuidado el control cardíaco post operatorio, conducta contradictoria con la tenida en cuenta en la operación, sobrela base de los antecedentes del enfermo que requerían una atención en dicho sentido mucho más estricta.
Señala que la negligencia de los médicos se trasluce en la noutilización de modernos métodos de diagnóstico que hubieran permitido determinar las causas de la hipovodl emia y la parálisis intestinal y revertir el proceso que afectaba al enfermo, así como disponer medidas de precaución tales como una consulta cardiológica oel pasea terapia intensiva que hubieran impedido el trágico desenlace, cuando se conocía la dolencia cardíaca que había afectado al paciente en el pasado.
Destaca que la sentencia es arbitraria porque se afirma que había varios caminos o conductas posibles o que no había un único e indudable camino para curar al paciente, cuando está demostrado que no siguieron ninguno aunque fuera equivocado y se limitaron a una increíble pasividad.
Manifiesta que otra causal de arbitrariedad es la negativa a considerar algunos hechos comprobados que comprometen la responsabilidad médica, cuestiones que fueron oportunamente propuestas y que eran conducentes a la solución del litigio, como son la incomunicación entre los médicos a cargo del tratamiento y la falta de coordinación, que surge de las contradicciones de las distintas declaraciones de los demandados, el médico cardiólogo y las enfermeras.
Afirma que también se descalifica el fallo cuando no considera un hecho trascendente que configura una negligencia grave en la atención del enfermo, cual es que el Dr. Aráoz no haya concurrido a asistir a su paciente a pesar de los insistentes reclamos del médico de guar dia, actitud que está tratada por el perito con dureza y considerada por el juez de primera instancia comofalta de diligencia. La alzada la trata con ligereza inaceptable, de igual manera, destaca, el fallo incurre en contradicción, al mencionar que debe haber unidad de mando en el tratamiento de un paciente quirúrgico que corresponde al cirujano y no valora el hecho de que se haya resistido a cumplir esos deberes, ya que fue requerido en tres oportunidades, que prometióla asistencia y sólo apareció dos horas después del deceso, generando su omisión el freno a las medidas que hubieran podido adoptar los médicos presentes.
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:804
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