Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 326:4979 de la CSJN Argentina - Año: 2003

Anterior ... | Siguiente ...


SILVIA NOEMI eL VALLE SAYAGO y OTROS
v. PROVINCIA de SANTIAGO pe. ESTERO

MEDIDAS CAUTELARES.
Las medidas tendientes a la permanencia en el cargo hasta la finalización del mandato de la concejal o hasta el dictado de sentencia en la causa dispuestas por el concejo deliberante en cumplimiento de lo resuelto por la Corte Suprema- no se vinculan con lo atinente a la reincor poración de los empleados de la interesada.

MEDIDAS CAUTELARES.
La decisión de excluir del cuerpo a un concejal, en uso de facultades propias del Concejo Deliberante, por considerar configuradas causales de indignidad e incompatibilidad moral con el cargo, no importa un deliberado propósito de incumplir la medida dispuesta por la Corte Suprema.


FALLODE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de diciembre de 2003.

Autos y Vistos; Considerando:

1) Que la cuestión planteada afs. 627/628 no puede ser receptada por el Tribunal en esta instancia procesal, por tratarse de temas ajenos al objeto per seguido en este proceso.

2) Que, en efecto, la situación que se denuncia con relación ala concejal Sayago, debe ser planteada ante el cuerpolegislativo correspondiente, o por la vía que se considere pertinente, ya que excede los alcances de la medida cautelar dispuesta por esta Corte.

Dicha decisión perseguía, en el marco provisorio propio de este tipo de medidas, asegurar la permanencia en el cargo de la interesada hasta la finalización de su mandato, o hasta la oportunidad en que se dictesentencia en estas actuaciones, y esa finalidad fue alcanzada, tal

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

76

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4979 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-4979

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 326 Volumen: 3 en el número: 931 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos