en la identificación de la vivienda no tenía virtualidad para invalidar todo el procedimiento, remite al análisis de cuestiones de hecho y derecho procesal, ellas tienen naturaleza federal por cuanto están íntimamente ligadas al alcance que cabe otorgar al art. 18 de la Constitución Nacional.
RECURSO DE CASACION.
Si bien la naturaleza restrictiva del recurso de casación impide modificar las conclusiones de hecho efectuadas por el tribunal de juicio al valorar las pruebas, ello no impide determinar si la solución cuestionada mediante aquel recurso tenía motivación suficiente como para ser considerada acto jurisdiccionalmente válido.
RECURSO DE CASACION.
Corresponde revocar el pronunciamiento que denegó el recurso de casación deducido contra la sentencia que había declarado la nulidad del acta de allanamiento y absolvió al imputado, si el a quo realizó una interpretación ritualista del recurso de la especialidad.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resol uciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
El pronunciamiento que declaró inadmisible el recurso de casación y confirmó la sentencia que había declarado la nulidad del acta de allanamiento y absuelto al imputado, es la sentencia definitiva, pues se ha puesto fin al proceso con el dictado de la sentencia absolutoria (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.
Si bien los reclamos deducidos contra la sentencia que denegó el recurso de casación se vinculan principalmente con aspectos procesales, suscitan cuestión federal suficiente para la apertura de la instancia extraordinaria, pues lo decidido no constituye derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las particulares circunstancias de la causa, afectando de ese modo la garantía de la defensa en juicio y el debido pr oceso (art . 18 de la Constitución Nacional) (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
RECURSO DE CASACION.
Si bien la naturaleza restrictiva del recurso de casación impide modificar las conclusiones de hecho efectuadas por el tribunal de juicio al valorar las pruebas, ello no impide determinar si la motivación de la decisión en el plano fáctico y en la interpretación de las normas legales, ha rebasado los límites impuestos
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4952
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