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Fallos: 326:4379 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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mía), el Banco Central de la República Argentina y el Banco de la Provincia de Córdoba, a fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 1570/01 y 214/02, pues es la única forma de conciliar lo preceptuado por el art. 117 dela Constitución Nacional respecto delas provincias, con la prerrogativa jurisdiccional que le asiste a la Nación —o a una entidad nacional— al fuero federal, sobre la base de lo dispuesto en el art. 116 dela Ley Fundamental.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

—|-

El fiscal de Estado de la Provincia de Córdoba, en nombre y representación de ese Estadolocal, promuevela presente acción de amparo, con fundamento en el art. 43 de la Constitución Nacional, contra el Estado Nacional (Poder Ejecutivo, Ministerio de Economía), contra el Banco Central de la República Argentina y contra el Banco de la Provincia de Córdoba, a fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad de los decr etos-leyes 1570/01 y 214/02.

Cuestiona el primero en cuanto establece limitaciones al retirode dinero en efectivo por parte de los titulares de cuentas en el sistema financiero (operativo llamado "corralito"), y el segundo, en tanto su art. 2 ordena la pesificación de los depósitos en una relación 1 dólar igual a 1,40 pesos, lo cual lesiona —a su entender— en forma arbitraria e ilegítima los arts. 1, 5, 14, 16, 17, 18, 28, 29, 33, 75 inc. 22, 121 y concordantes de la Constitución Nacional, como así también diversos tratados internacionales quecita.

Manifiesta que deduce este proceso a efectos de recuperar -sin mengua de ninguna naturaleza— los fondos públicos en dólares depositados por la actora en el Banco de la Provincia de Córdoba antes de la sanción de las normas aquí atacadas.

Por último, solicita la concesión de una medida cautelar autosatisfactiva, tendiente a que el Banco Central y/o el Banco de la Provin

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4379 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-4379

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