HUGO EVARISTO CORREA v. ANSES
JUBILACION Y PENSION.
Corresponde revocar la sentencia que estableció que el afiliado no alcanzaba el grado de incapacidad exigido por la ley 24.241 para acceder al retiro por invalidez, pues frente a la existencia de opiniones encontradas provenientes de organismos especializados y ante la disparidad de criterios que se verifica en los informes del propio Cuer po Médico Forense en relación a la gravedad de las patologías del afiliado, la alzada debió haber extremado los recaudos para dilucidar la real incidencia de las afecciones en el estado de salud del solicitante, habida cuenta del carácter alimentario dela prestación requerida y de los derechos constitucionales en juego.
JUBILACION Y PENSION.
Corresponde reconocer que la incapacidad del causante alcanzaba el porcentaje legal si, además de que los médicos forenses no aportaron argumentos científicos para esclarecer los motivos de las divergencias, las particulares circunstancias del caso tornan manifiesta la gravedad de los padecimientos del afiliado, a punto tal que fueron la causa de su deceso ocurrido sólo cinco meses después del último informe oficial.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de septiembre de 2003.
Vistos los autos: "Correa, Hugo Evaristo c/ AN Ses s/ avocación".
Considerando:
1) Que contra el pronunciamiento de la Sala || de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central que había establecido que el afiliado no alcanzaba el grado de incapacidad exigido por la ley 24.241 para acceder al retiro por invalidez, la representante del actor interpuso el recurso ordinarioque fue concedido afs. 182 y es formalmente admisible (art. 19, ley 24.463).
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3566
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