Considerando:
1) Que contra el pronunciamiento dela alzada que declaró desiertoel recurso de apelación deducido respecto de la decisión de primera instancia que había reconocido naturaleza general a los suplementos por "responsabilidad por cargo y función" y "mayores exigencias de vestuario" creados por el decreto 2769/93, la demandada interpuso el recurso extraordinario que, desestimado, motivó esta presentación directa.
2) Que aun cuando los planteos de la recurrente remiten al examen de cuestiones de índdle procesal, temas ajenos —como regla y por su naturaleza— ala vía intentada, ello no es óbice para la procedencia del remedio federal cuando la alzada ponderó con excesivo rigor for mal los requisitos de fundamentación exigidos por los arts. 265 y 266 del Código Procesal Civil y Comercial dela Nación para la apertura de la apelación.
3) Quetal circunstancia, sumada ala cantidad de precedentes de esta Corte en casos sustancialmente análogos justifican resolver el sub examine por remisión a Fallos: 323:1048 y 1061, en razón de brevedad.
Por ello, sedeclara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda de acuerdo a los pr ecedentes citados. Costas por su orden. Notifíquese, agréguesela queja al principal y, oportunamente, devuélvase.
CARLOS S. FAYr (en disidencia) — AUGUSTO CÉsar BELLuscio — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — ANTONIO BOGcGIANO — GuILLERMO A. F. López — AnoLFo Roserto VÁzQuez.
DISIDENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON CARLOS S. FAYT
Considerando:
1) Que contra el pronunciamiento dela alzada que declaró desiertoel recurso de apelación deducido respecto de la decisión de primera
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2761
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