FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de julio de 2003.
Vistos los autos: "Loñ, Félix Roberto c/ Universidad de Buenos Aires" Considerando:
1) Que la sentencia de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal desestimó el recurso deducido por Félix Roberto Loñ contra la Universidad de Buenos Aires, por nulidad de diver sas resoluciones emitidas por el Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires, por las cuales se rechazaron las impugnaciones del actor y se dio término a los concursos aprobados por las resoluciones 3851/96 y 4125/96 del Consejo Superior de la Universidad. Contra ese pronunciamiento, el actor interpuso el recurso de extraordinario federal, que fundó en la interpretación de normas federales y en el vicio de sentencia arbitraria.
2) Quel tribunal a quo concedió el recurso federal por cuestión federal típica, conforme al considerando || del auto de fs. 234/234 vta., y lo desestimó por el vicio de arbitrariedad, lo cual motivó la presentación directa que corre por expediente L.440.XXXVI, que será tratada en forma conjunta en esta sentencia.
3) Que en autos no existe relación directa entre los agravios planteados en esta instancia y la inteligencia que cabe asignar a las normas del reglamento de concursos para la provisión de los cargos docentes en la Universidad de Buenos Aires. Tampoco se ha declarado la invalidez de actos emanados por autoridad nacional, en sentido contrario a las pretensiones del recurrente. Todos los agravios del apelante quedan comprendidos en la tacha de sentencia arbitraria, y pueden resumirse en falta de fundamentación, omisión de tratar cuestiones conducentes y superficial revisión de las graves irregularidades que el actor reprochó al dictamen del jurado y alos actos administrativos que fueron emitidos en consecuencia.
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2375
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