DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
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El actor promovió demanda contra la Corporación del Mercado Central de Buenos Aires, a fin de que se declare la nulidad de las resoluciones -CMC- 507/91 y 906/91 por la que fuera exonerado y, en consecuencia, que seloreincorpore al cargo que desempeñaba, así como el pago de los salarios caídos y de los daños y perjuicios sufridos.
Manifestó que, tras desempeñarse en diversas funciones, fue desafectado de todas, aunque continuó percibiendo la remuneración y asistiendo a su lugar de trabajo. Agregó que se instruyó sumario administrativo—expte. 47/91— sin sustento jurídico ni estatutario y que dicho procedimiento contiene serios vicios que lo tornan nulo, lo mismo que al acto de sanción.
A fs. 502/509 de las actuaciones principales (a las que mereferiré en adelante), el señor juez federal de primera instancia rechazó la demanda al considerar que, como surge de las normas aplicables al caso y del examen de la prueba producida, el actoimpugnado noresulta nulo.
— II A fs. 539/546, la Sala | de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín revocó el fallo de primera instancia que había rechazado la demanda; ordenó la reincorporación del actor en las funciones y con la categoría en que se desempeñaba al momento de ser sancionado y condenó a la demandada al pago de los salarios caídos.
— 1 Disconforme, la demandada interpuso el recurso extraordinario que, denegado, dio origen ala queja que tramitó en expte. R.247.XXXIV.
Al dictar sentencia en dichas actuaciones, la Corte Suprema sostuvo que los agravios mediante los cuales se cuestionó la decisión de rein
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2348
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