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Fallos: 326:2179 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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CECILIA CALAFATI y Otros RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Generalidades.

El recurso ordinario de apelación en tercera instancia a que serefier eel art. 254 del Código Procesal Civil y Comercial dela Nación es el instituido por el art. 24, inc. 6, ap. a, del decreto-ley 1285/58 para las causas civiles en que la Nación directa o indirectamente revista el carácter de parte.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de julio de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Mario Aisinscharf en la causa Calafati, Cecilia y otros s/ contrabando —causa N° 48.354—, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que, como lo ha resuelto reiteradamente esta Corte, el recurso ordinario de apelación en tercera instancia a que serefiere el art. 254 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación es el instituido por el art. 24, inc. 6, ap. a, del decreto-ley 1285/58 para las causas civiles en que la Nación directa oindirectamente revista el carácter de parte confr. doctrina de Fallos: 286:211 y sus citas), cosa que no ocurre en los autos a que esta queja se refiere.

Por ello, se desestima la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese.

EDuAarDo MoLINÉ O'Connor — CARrLos S. FAYr — AUGUSTO CÉsAR BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GuiLLERMO A. F. López — AnoLro Roserto VÁzQuez — JUAN CARLos

MAQUEDA.

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2179 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-2179

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