trael Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación, la Provincia de Buenos Aires y el Hospital de Pediatría Profesor Juan P. Garrahan.
La demanda persigue: a) que el ministerio y la provincia mencionados respeten los der echos que les asisten (a ella y a sus hijos) auna alimentación sana, ala salud, a la educación y a una vivienda digna, y que, como consecuencia de ello, le suministren "de manera concreta, efectiva, continua y mensual, una cuota alimentaria" que les permita satisfacer sus necesidades básicas y vivir dignamente; b) que los tres codemandados otorguen a su hija Mariana Salomé Ramos las prestaciones médicas necesarias de acuerdo a su estado de salud y seremuevan para ello los condicionamientos que han impedido hasta ahora la plena y efectiva concreción de su der echo; c) que el ministerio nacional y el Estado provincial provean a sus seis hijos en edad escolar de las condiciones materiales (ropa, calzado, libros y útiles escolares y gastos de transporte) necesarias para concurrir a un establecimiento educacional; d) que subsidiariamente se declare la invalidez constitucional de toda norma que impidiera la concreción de la medida sdlicitada en el punto anterior, comoasí también la inconstitucionalidad del "accionar de los demandados, por omisión, por el no cumplimiento hasta el presente con lo aquí peticionado" (sic); e) que se declare la constitucionalidad del derecho que, según estiman, les asiste —al igual que al resto de los niños y de las personas sin recursos económicos— a que se les suministre una cuota alimentaria con los alcances indicados en el puntoa.
Dice que habita en una humilde vivienda —quele ha sido prestada gratuitamente— junto con los niños, cuyas edades oscilan entre nueve meses y quince años. Relata que presentó sendas notas a la provincia y al ministerio demandados, indicando que se encontraba sin trabajo y con ocho hijos, de los cuales una -Mariana Salomé Ramos- debía ser intervenida quirúrgicamente por padecer de una cardiopatía congénita. En las mismas notas agregó que su hija "ha sufrido desnutrición...
y en el pasado no ha podido ser operada, ya que al momento de tener un turnoen el Hospital Garrahan noha podidotrasladarla... por carecer de medios económicos, ni tengo donde dejar misotros hijos, ya que vivo sin pareja ni familiares". Asimismo, puntualizó en las notas que Mariana Salomé tenía retardo madurativo de segundo grado y que sus seis hijos en edad escolar no asistían a clase ese año por falta de medios, con lo cual perdían también la posibilidad de alimentarse en el
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:399
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