13, El recurso extraordinario contra la sentencia que revocó la sentencia de primera instancia e hizo lugar a la demanda es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt): p. 3110.
14. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que confirmó las regulaciones de honorarios de los profesionales de la causa: p. 3201.
15, El recurso extraordinario contra la resolución que no hizo lugar a la solicitud de suspensión del proceso a prueba es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Voto de los Dres. Carlos S. Fayt, Enrique Santiago Petracchi y Antonio Boggiano): p. 3229.
16. El recurso extraordinario contra la sentencia que hizo lugar a la demanda y dejó sin efecto los actos impugnados es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ): p. 3237.
17. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario deducido contra el pronunciamiento que declaró como título válido a la sentencia ejecutiva para la verificación (Disidencia del Dr. Julio S. Nazareno): p. 3248.
18. El recurso extraordinario contra la sentencia que condenó al imputado como autor de los delitos de defraudación calificada por administración fraudulenta cometida en forma reiterada es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) Disidencia de los Dres. Augusto César Belluscio y Enrique Santiago Petracchi): p. 3255.
19. Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que eximió de responsabilidad civil a una ART (Voto del Dr. Julio S. Nazareno): p. 3265.
20. Es inadmisible el recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó el recurso de casación interpuesto con motivo de una identificación y requisa personal (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio): p. 3322.
21. El recurso extraordinario contra la sentencia que confirmó la condena impuesta en primera instancia modificando el monto de la pena es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ): p. 3333.
22. Es inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) contra la sentencia que desestimó un pedido de restitución de bienes formulado en los términos del art. 138 de la ley 24.522 (Disidencia de los Dres. Julio S. Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor y Carlos S. Fayt): p. 3360.
23. El recurso extraordinario contra la decisión que rechazó la posibilidad de obtener la libertad durante el proceso es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio): p. 3443.
24. Corresponde desestimar la queja si el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia de los Dres. Carlos S.
Fayt y Enrique Santiago Petracchi): p. 3464.
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:3677
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