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Fallos: 325:2759 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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2. El fiscal general ante la Cámara Nacional de Casación sostuvo, por su parte, que de adverso a lo sostenido en autos, se ha suscitado una cuestión federal suficiente al encontrarse menoscabados los derechos constitucionales de acceso a la jurisdicción y debido proceso adjetivo, lo que implica frustrar una vía apta para el reconocimiento de estas garantías.

Así —prosigue el fiscal— debe insistirse en que el inusitado apego a las formas puesto de manifiesto por la cámara, conlleva la imposibilidad del Estado de proseguir la acción a través del Ministerio Público, en un tema que afecta en mucho a la sociedad, como es el del tráfico de estupefacientes, —I-

1. En mi opinión, y tal como lo han venido sosteniendo los fiscales actuantes, concurre en este caso un agravio federal manifiesto, por lo que deben quedar expeditos los carriles recursivos del caso.

Y ello es así porque el tribunal de juicio efectúa en este caso una interpretación arbitraria, a mi entender, del art. 72 del Código Proce sal Penal de la Nación -en cuanto reconoce prematuramente la calidad deimputada de Miriam Mariela Villareal desde el inicio mismo de un procedimiento policial previo a la formación de la causa penal—; y del art. 200 de ese código, puesto que omite analizar si el letrado que pretendía participar en el procedimiento tenía en ese momento el rol procesal de defensor de la nombrada y si la privación de tal pretendida actuación, afectó derechos inherentes al proceso legal de raigambre constitucional, impidiendo, de tal forma, el juzgamiento, a la luz de las pruebas adquiridas, de la conducta penal de la nombrada (art. 18 de la Constitución Nacional).

2. Desdeño lógico que se columbra a poco que se analicen las normas aplicables según los hechos aceptados en el juicio:

a) El art. 72 del Código Procesal Penal, otorga la calidad de imputada a cualquier persona que sea detenida o que de cualquier forma fuere indicada como partícipe de un hecho delictuoso. Se admiten, por lo tanto, dos supuestos objetivos que pueden funcionar en forma conjunta o alternativa, que en esta causa, y de acuerdo con las constancias del legajo, no concurren pues contra Miriam Villareal no pesaba

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2759 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-2759

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