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Fallos: 325:268 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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325 N° 3, con asiento en la mencionada localidad, en la causa en la que se investiga la tenencia ilegítima de armas de fuego.

29) Que si bien no se ha determinado de manera precisa en qué figura delictiva encuadra el hecho denunciado, corresponde esolverla en beneficio del principio de economía procesal y del buen servicio de justicia (Fallos: 321:602 ).

3) Que en autosresulta aplicable la doctrina de Fallos: 323:3619 y 3691, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y oído el señor Procurador Fiscal, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías N° 2 del Departamento Judicial de Morón, Provincia de Buenos Aires. Remítase el incidente a la Sala ||| de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Morón, con asiento en la indicada provincia, a sus efectos. Hágase saber al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3, con asiento en la mencionada localidad.

JuLiIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO CÉsar BeLLuscio (en disidencia) — ENnRrIQue SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BocciAno (en disidencia) — GuiLLErmo A. F. Lórez — Gustavo A.

BosserT (en disidencia) — AnoLro Roserto VÁzQuez.


DISIDENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES

DON AucusTo César BELLUscIO, DON ANTONIO BOGGIANO
Y DON Gustavo A. BOsserT Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que corresponde remitirse por razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presenteincidente el Juzgado de Garantías N° 2 del Departamento Judicial de Morón, Provincia de Buenos Aires. Remítase el incidentea la Sala III dela Cámara de Apelaciones y Garantías de Morón, con asiento en

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:268 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-268

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