Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 325:2474 de la CSJN Argentina - Año: 2002

Anterior ... | Siguiente ...

325 al Consejo de la Magistratura la aplicación de sanciones disciplinarias a jueces (2).

Por ello;

SE RESUELVE:
Remitir al Consejo de la Magistratura los expedientes disciplinarios relativos a jueces.

Regístrese, hágase saber y cúmplase. — Gustavo A. BossErrt.

2) Dicha resolución dice así:

DISIDENCIA DEL DOCTOR Gustavo A. Bossert

CONSIDERANDO:
1) Que el Dr. Jorge Alejandro Urso, juez Nacional de Primera Instancia a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal N" 8, de la Capital Federal, solicitó, en lo sustancial, la inmediata intervención de este Tribunal para conocer en el expediente administrativo N" 151/98 instruido por la cámara de dicho fuero, caratulado: "Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 s/ remite testimonios en causa N" 154/96 -Mercado, Luis y otro s/ inf. arts. 296, 292, 174, inc. 5° del C.P., originario del Juzgado Federal 8, Secretaría 16, de conformidad con el art. 22 y concordantes del Reglamento para la Justicia Nacional y Acordada N° 52/98.

2") Que por los fundamentos expuestos en mi voto en la causa "Cámara Nacional de Casación Penal s/ Acordada N° 52/98", al que me remito, corresponde entender en estas actuaciones al Consejo de la Magistratura.

Por ello, se RESUELVE:

Devolver las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, quien deberá proceder como se indica en el considerando 2" de la presente.

Regístrese y cúmplase. — Gustavo A. Bosserr.

DISIDENCIA DEL DOCTOR GUSTAVO A. Bossert

CONSIDERARON:
1) Que mediante resoluciones S. J. nros. 30/98, 35/98 y 36/98 la Cámara Nacional de Casación Penal remitió a este Tribunal los expedientes S. J. N° 22/98 "Cámara Federal de Apelaciones de San Martín s/ presentación", S.J. 34/98 Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza s/ presentación" y S.

dJ. 197/98 "Presentación Cámara Federal de Apelaciones de Salta".

2") Que sin perjuicio de las facultades de superintendencia de esta Corte en virtud de las cuales este Tribunal, y por delegación las cámaras de Casación y de apelaciones, deben sustanciar actuaciones administrativas y disponer actos tendientes a constatar el desenvolvimiento de la actividad en

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

75

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2474 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-2474

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 325 Volumen: 2 en el número: 1134 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos