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Fallos: 325:1301 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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6) Que, con respecto a la violación del art. 14 bis de la Constitución Nacional y de diversos Pactos Internacionales de Derechos Humanos, no se advierte que el recurso federal contenga argumentos suficientes para sustentar la impugnación constitucional. Ello es así toda vez que el actor se ha limitado a realizar meras aseveraciones sobreel carácter integral e irrenunciable que tiene la garantía consagrada en la Constitución y en los pactos, pero no demuestra de qué modola norma impugnada desvirtuaría esa finalidad tuitiva. Por otro lado, el recurrente no acredita mínimamente la existencia de una relación directa einmediata entre los pactos internacionales que invoca genéricamente y las concretas circunstancias del caso.

7) Que, finalmente, los agravios vinculados con la arbitrariedad en la que habría incurrido el tribunal resultan inadmisibles. En efecto, lo referente al plazo de prescripción aplicable al sub lite y su cómputoremite a cuestiones de hecho y derecho común propia de los jueces de la causa y ajenos, en consecuencia, a esta instancia excepcional, máxime cuando lo decidido por el a quo coincide con lo resuelto por este Tribunal en Fallos: 314:137 sin que el recurrente hubiese agregado nuevos fundamentos al respecto. Además, el apelante no rebate debidamente las razones fácticas y de derecho no federal en las que el tribunal sustentólo decidido.

Por ello, sedeclara parcialmente admisible el recurso extraor dinario con el alcance de los considerandos 3, 4 y 5° y se confirma la sentencia. Notifíquese y devuélvase.

JuLio S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO CÉsar BeLLuscio — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López — Gustavo A. Bossert — ADoLFro Roserto VÁzouez (según su voto).

VoTo DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ Considerando:

1) Que la sentencia de la Sala || de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al confirmar el fallo delainstancia anterior, desestimó la inconstitucionalidad del art. 20

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:1301 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-1301

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