Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 324:4478 de la CSJN Argentina - Año: 2001

Anterior ... | Siguiente ...

camado en las tres pretensiones. Continúa su relato con la reseña del recurso de casación que interpuso y de las etapas posteriores, reproduciendo los argumentos vertidos en ellas, ya referidos en el primer ítem del presente dictamen.

Al fundamentar, finalmente, el recurso extraordinario federal, sostiene que la infracción de las normas jurídicas, se erigen en un típico error de derecho que se opera cuando se arriba a una defectuosa calificación de los hechos a los que se aplica una disposición jurídica que no seidentifica con la verdadera esencia de éstos. Cita jurisprudencia de V.E., que expresa que corresponde casar la sentencia que contiene una desinterpretación de lo pactado entre las partes.

Afirma que, el hecho de que las transacciones implican desistimientos recíprocos, constituye un datojurídico básico, pues setratade un negocio jurídico necesariamente integrado por dos renuncias de derechos, no habiendo lugar para interpretaciones. Añade que los efectos normales de los contratos y de los actos jurídicos bilaterales, no pueden ser soslayados por un tribunal, sin afectar la igualdad de los ciudadanos ante la ley. Se pregunta por qué razón siempre se interpreta queel monto dela transacción constituye la basenumérica para la regulación de honorarios, y en este caso se sostuvo algo diferente.

Alega que el argumento de quela interpretación dela voluntad de las partes que prestaron su consentimiento para la transacción, constituya una cuestión de hecho ajena al recurso extraordinario federal, es sólo producto de la creación jurisprudencial, que en la provincia de Río Negro noha sido receptada legislativamente. En definitiva exprecomo agravio, el desbaratamiento de derechos y obligaciones contractuales.

También reprocha que se lesionó su derecho de propiedad adquirido, pues —asevera- si la transacción fue homologada por el Juez interviniente y no fue objeto de impugnación, los derechos que derivan para cada parte se adquirieron definitivamente, y uno de esos efectos era que, para la regulación de honorarios, se tomaría como base el monto dela transacción.

— Examinados los términos de la sentencia, y los agravios que, a título de arbitrariedad, se invocan en el escrito de impugnación, me

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

72

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2001, CSJN Fallos: 324:4478 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-4478

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 324 Volumen: 3 en el número: 1170 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos