dicte nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Acumúlese la queja al principal. Notifíquese y, oportunamente, remítase la causa.
JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLint O'Connor — CArLos S. FAYr —
AUGUSTO César BELLuscio — ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO
BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López — Gustavo A. Bosserr — ApoLro ROBERTO VÁzQuez.
NOEMI ELIZABET IRIBARNE v Orra v. TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.
Si bien las cuestiones de competencia no constituyen sentencias definitivas recurribles por la vía del art. 14 de la ley 48, excepcionalmente debe habilitarse dicha instancia cuando media denegatoria del fuero federal.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Principios generales.
Para la determinación de la competencia corresponde atender de modo principal ala exposición de los hechos que el actor hace en la demanda y, en la medida que se adecue a ellos, al derecho que invoca como fundamento de su pretensión.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Principios generales.
La acción deducida contra una compañía telefónica rec amando el cumplimiento de un contrato y los daños y perjuicios derivados de la instalación de antenas destinadas al servicio de comunicaciones digitales corresponde al fuero federal ya que concierne ala prestación del servicio de telecomunicaciones y al destino de utilidad nacional que la empresa está destinada a servir.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
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La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto contra la sentencia de la
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:4468
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