JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema.
Es facultad de la Corte Suprema otorgar el conocimiento de las causas a los jueces realmente competentes para entender en ellas aunque no hubiesen sido parte en la contienda.
DICTAMEN DE LA PROCURADORA FISCAL
Suprema Corte:
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El presente conflicto negativo de competencia se suscita entre el titular del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Santa Fe fs. 765 y 847) y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal —Sala I- (fs. 815).
En consecuencia y, toda vez que no existe un superior jerárquico común que pueda resolverlo, corresponde a V.E. dirimirlo, en uso de lasfacultades quele acuerda el art. 24, inc. 7° del decreto- ey 1285/58.
— II La cuestión planteada en autos tuvo su origen en la demanda deducida por el Banco del Interior y Buenos Aires S.A. B.I .B.A.— contra el Banco Central de la República Argentina (v. fs. 46/89), ante el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Santa Fe, afin de que: 1) se mantenga al actor en la posesión de su sede social de esa ciudad; 2) se condene al Banco Central al cumplimiento de lo dispuesto en los puntos 2 y 6 dela resolución de su directorio 387/89; 3) se declarela nulidad delas resoluciones de dicha entidad Nros. 128/90; 155/90 y 156/90 y 4) se condene a reparar los daños y perjuicios que le irrogó el banco demandado.
Asimismo, a fs. 82/84 del escrito de inicio, el B.I.B.A. sdlicitó la nulidad de la resolución 212/90 del Banco Central, que dio por incumplido el plan de saneamiento, quele había sido apr obado por la resolución 896/87 y completado por la ya citada resolución 387/89. En consecuencia, revocó la autorización para funcionar del B.I.B.A. y dispuso
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:4342
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