ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. | nterposición del recurso. Quiénes pueden inter ponerlo.
Corresponde reconocer a los organismos de la Administración Pública la facultad de intervenir en las instancias judiciales en defensa de la legalidad de sus actos.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación delas leyes federales. Leyes federales en general.
Existe cuestión federal si se controvierte el alcance de la ley federal 16.463 y su reglamentación, y la decisión fue contraria a la pretensión que el recurrente fundó en ellas (art. 14, inc. 3", de la ley 48).
PUBLICIDAD.
De la resolución 1622/84 del Ministerio de Salud y Acción Social y del art. 19, inc. d, de la ley 16.463 se infiere quela publicidad o propaganda de medicamentos realizada sin sujeción a los términos de la autorización, como así también la llevada a cabo sin autorización alguna, crea la presunción de responsabilidad del director técnico, por tratarse del sujeto al que se le atribuye incumbencia técnica.
PRESUNCIONES.
Resultan admisibles las presunciones legales sobre la existencia de un delito en tanto las circunstancias fácticas contempladas por la ley la sustenten razonablemente, y en tanto se acuerde a los procesados oportunidad de defensa y prueba de descargo.
PRESUNCIONES.
La existencia de presunciones legales de culpabilidad que no admiten prueba en contrario implica desconocer la preciosa garantía fundamental según la cual la culpabilidad del agente es presupuesto de su responsabilidad penal.
PRESUNCIONES.
La calificación de "objetiva" a la responsabilidad del director técnico de un laboratorio y su consiguiente sanción, aun cuando cierto que la publicidad hubiera sido dispuesta por otra sección de la empresa sin conocimiento de dicho
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:3940
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