datos Haquim y Tell, fórmula que obtuvo veintevotos, mientras queel recientemente conformado bloque per onista propuso como candidatos a Tell y Zamboni, fórmula que obtuvo 27 votos, pertenecientes al bloque peronista, Unión Cívica Radical, Moreci y M.P.J.
Expresa que la legislatura provincial, al aprobar esa votación, dictó un acto nulo o ineficaz, al haber efectuado una elección para senador nacional con apartamiento de la cláusula transitoria cuarta de la Constitución Nacional.
2?) Que, tal comolo señaló esta Corte en la sentencia dictada en la causa "Chaco, Provincia del c/ Estado Nacional (Senado de la Nación) s/ acción declarativa deinconstitucionalidad" Fallos: 321:3236 , el régimen transitoriamente vigente introduce una novedosa participación delos partidos políticos que tienen representación en las legislaturas provinciales, al disponer la cláusula transitoria cuarta que: "En todos los casos, los candidatos a senador es serán propuestos por los partidos políticos o alianzas electorales".
3) Quela nitidez de la norma transcripta indica —tal como se dijo en la sentencia mencionada— que en la situación transitoriamente configurada por el constituyente, resulta vinculada la decisión dela asamblea legislativa local, a la postulación de los candidatos por los partidos políticos, a los que se otorga un margen de participación compatible con la calidad de instituciones fundamentales del sistena democrático que les reconoce el nuevo art. 38 de la Constitución Nacional.
4°) Que, dentro de ese marco, no aparece legitimado el demandante para cuestionar loresuelto por el Senado de la Nación sobre la base delo actuado en sede local, ya que es el partido político con derecho a proponer el candidato a senador nacional, el titular de la acción que aquí seintenta, en tanto serían sus derechos constitucionales -y nolos del candidato—los presuntamente afectados por la decisión dela legislatura provincial y por la validez que a ella le otorgó el Senado de la Nación.
5) Que cabe puntualizar que, a diferencia de lo sucedido en la causa citada supra y en "Tomasella Cima, Carlos L. c/ Estado Nacional —Congreso de la Nación— (Cámara de Senadores) s/ acción de amparo" (Fallos: 322:2370 ), en el sublitenosehalla en cuestión la identi
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2305
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