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Fallos: 324:2297 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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litigar sin gastos", pronunciamientos del 9 de marzo de 1999 y 14 de octubre de 1999, respectivamente).

2?) Que, sentado lo expuesto, corresponde examinar los medios de convicción conducentes que han sido incorporados a la causa.

3?) Que de conformidad con lo que se despr ende de las declaraciones testificales prestadas a fs. 106/107, 137/138 y 165, el actor se desempeña como conductor de camiones (ver, resp. preg. 5a, test. Seifert, fs. 106 vta.; resp. preg. 8a, test. Oriolo, fs. 107 vta.; resp. preg. 3a, test. Guiñazú y Morales, fs. 137 y 138; resp. preg. 2a, test. Ramos y Calderón, fs. 139 y 165); su situación económica no es buena dada su actividad viajes y changas- (ver, resp. preg. 3a, test. Oriolo, fs. 107; resp. pregs. 2a y 6a, test. Guiñazú, fs. 137; resp. preg. 2a, tests. Morales y Calderón, fs. 138 y 165); ha crecido muy pobre (ver, resp. preg.

5a, test. Guiñazú, fs. 137) y notienebienes de fortuna (ver, resp. preg.

5a, tests. Seifert, Oridlo, Guiñazú y Morales, fs. 106, 107, 137 y 138, respectivamente).

4°) Que si bien en estos autos se encuentra en discusión cuál es el domicilio del actor, de las contestaciones de los oficios librados a la municipalidad y al Registro de la Propiedad Inmueble de Puerto Madryn se desprende que en localidad no seregistran bienes inmuebles ni automotores a nombre de Raúl García. A pesar de ello, los terceros intervinientes, quienes cuestionan la veracidad del domicilio denunciado en el expediente, ninguna prueba han aportado para acreditar la existencia de bienes a su nombre en la Provincia de Río Negro, que es donde, según sus manifestaciones, reside actualmente el actor, y lugar en el que consideran que se debieron diligenciar los oficios pertinentes. Tampoco han comprobado o intentado comprobar su capacidad económica para estar en juiciosinoquetan sólo se han limitadoa oponerse a la concesión del beneficio.

5) Que en atención ala prueba reseñada corresponde hacer lugar al pedido formulado por Raúl García, toda vez que ha sido demostrado que no se encuentra en condiciones de hacer frente a los gastos causídicos queirroga su petición ante la justicia.

6?) Que sin perjuicio de ello y de conformidad con lo dispuesto por el señor representante del Fisco a fs. 178, se hace saber ala parte actora quesi bien este instituto puede ser solicitado en cualquier esta

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2297 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-2297

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