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Fallos: 324:2291 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR PRESIDENTE

DOCTOR DON JuLIO S. NAZARENO
Considerando:

Que el infrascripto coincide con los considerandos 1° a 10 y con la regulación de honorarios del voto de la mayoría.

11) Que por lo expuesto en los considerandos anteriores corr esponde aprobar parcialmente la rendición de cuentas acompañada por la demandada, con excepción de las partidas examinadas en los considerandos 49, 5, 6, 8° y 9°, que arrojan un total de $ 548.424. Dicha suma llevará intereses a la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina, desde el 2 de abril de 1996 (fecha de la interpelación extrajudicial, fs. 150/151 del expediente 803.831/94) hasta el efectivo pago (conf. Fallos: 317:1921 , disidencia de los jueces Nazareno, Fayt, Levene (h) y Boggiano, y causa H.9.XIX. "Hidronor S.A. c/ Neuquén, Provincia del s/ expropiación", disidencia de los jueces Nazareno, Levene (h) y Boggiano, del 2 de noviembrede 1995, entrecotros).

El importe resultante deberá ser remitido por la provincia a la Unidad Técnica de Coordinación Provincial para su afectación al Subprograma de Emprendimientos Productivos Asociados, de conformidad con lo resuelto en el punto1! del fallo defs. 197/202 vta.

Lascostas del incidente seimponen en el orden causado (conf. causas B.684.XXI. "Buenos Aires, Provincia de e/ Estado Nacional s/ cobro deaustrales", sentencia del 4 de septiembre de 1990; S.169.XXIV. "Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires S.A. c/ Buenos Aires, Provincia de —Ministerio de Gobierno de la Provincia s/ ejecución fiscal", disidencia de los jueces Nazareno, Fayt, Levene (h) y López, sentencia del 16 de mayo de 1995).

Por ello, se decide: |) Aprobar parcialmente la rendición de cuentas presentada por la demandada y admitir las impugnaciones de la actora por la suma de $ 548.424. |1) Condenar a la Provincia de Formosa a ingresar dicho importe, con más sus intereses calculados en la forma indicada en el considerando 11, a la Unidad Técnica de Coordinación Provincial para su afectación al Subprograma de Emprendimientos Productivos Asociados. |11) Imponer las costas del incidente en el orden causado. Notifíquese.

JuLIo S. NAZARENO.

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2291 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-2291

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